PARDO S.A. C/ NUÑEZ LILIANA LORENA S/ COBRO EJECUTIVO
El juez ordena la continuación de la ejecución por el cobro de $53.076,32 más intereses, contra Liliana Lorena Nuñez, tras verificar que el pagaré cumple con los requisitos de la Ley 24.240 y que la relación jurídica es de consumo, aplicando la normativa de protección al consumidor. La sentencia confirma la validez del título y ordena el pago, imponiendo costas a la ejecutada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso fue iniciado por Pardo S.A. para cobrar un saldo impago de $53.076,32 en concepto de un pagaré presentado el 12/05/2025. La ejecutada, Liliana Lorena Nuñez, fue debidamente intimada de pago el 18/09/2024 y no opuso excepciones legítimas, por lo que la ejecución se dispuso. El tribunal analizó que la relación subyacente es de consumo, por lo que la Ley 24.240 es de aplicación imperativa y su normativa debe respetarse. Se concluyó que el pagaré cumple con los requisitos del Decreto-Ley 5965/63 y la Ley 24.240, siendo válido para su ejecución, ya que no vulnera garantías constitucionales del consumidor. La constitución en mora se estableció para el día 06/01/2019, fecha de presentación al cobro. En cuanto a intereses, se determinaron a la tasa pasiva del Banco Central, desde la suscripción y hasta la mora, y luego en carácter de moratorios hasta el pago efectivo. Las costas son a cargo de la ejecutada vencida. La sentencia ordena el pago de la suma reclamada, con costas y reserva de honorarios. Se deja constancia de la intimación en domicilio en Zárate y se dispone la notificación electrónica.
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