INSAURRALDE JUAN CARLOS C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Homologa acuerdo entre partes en proceso laboral por acción de revisión, confirmando la validez del acuerdo y ordenando su ejecución, con costas a la parte demandada y regulación de honorarios conforme a la ley. La sentencia destaca la conformidad de las partes y la legalidad del acuerdo homologado.
El actor Juan Carlos Insaurralde demanda a la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo SA en el marco de una acción de revisión de resolución médica jurisdiccional, solicitando homologación de acuerdo alcanzado, en virtud del cual no presenta incapacidad indemnizable y se ajusta a los derechos de las partes. El tribunal, tras analizar la documentación presentada, concluye que el acuerdo es justo, no vulnera principios de orden público y resulta procedente su homologación, conforme al art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La decisión se basa en que "el acuerdo que han presentado por las partes mediante presentación electrónica ... informan que el actor no presenta incapacidad indemnizable, no vulnera ningún principio de orden público y, dado que los términos del mismo constituyen en este caso una justa composición de los derechos e intereses de las partes". Asimismo, se resuelve hacer constar que la mora en el cumplimiento importará la caducidad de los plazos y que la totalidad de los montos serán ejecutables. Se rechaza la eximición de pago de la Tasa de Justicia por falta de fundamentación y se regula el pago de honorarios y costas, imponiendo las costas a la parte demandada y regulando los honorarios de los profesionales intervinientes, con especial énfasis en la relevancia del informe pericial y la doctrina del tribunal sobre la determinación de honorarios. El tribunal ordena también el cumplimiento de los pagos por tasa judicial y contribuciones, bajo apercibimiento de ejecución. La sentencia finaliza con el dictado de la homologación del acuerdo, imponiendo costas a la parte demandada y regulando los honorarios profesionales en los montos detallados.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: