ACEVEDO DIEGO HERNAN C/ LA SEGUNDA ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La Cámara declaró la caducidad de la instancia en un proceso laboral por inacción de la parte actora. La decisión se fundamentó en la conducta dilatoria y en la aplicación restrictiva del instituto, imponiendo costas a la parte actora. La resolución confirma la postura de la jurisprudencia sobre el carácter restrictivo de la caducidad en estos procesos.
El tribunal de primera instancia, compuesto por los jueces Carlos Dominguez Folgueiras, Manuela María Ochandio y Germán Luis Meiszner, dictó sentencia declarando la caducidad de la instancia en la causa "ACEVEDO DIEGO HERNAN C/ LA SEGUNDA ART SA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057". La decisión fue tomada tras constatar que la parte actora, después de la intimación del 10/4/2025, no activó el trámite procesal, transcurriendo con exceso el plazo establecido por el art. 11 de la Ley 15.057, obstaculizando la tramitación normal del juicio. Los jueces resaltaron que, en el procedimiento laboral, la caducidad debe aplicarse con criterio restrictivo, y que la conducta de la parte actora, que dejó transcurrir el plazo sin activar el proceso, justifica la declaración de caducidad. La mayoría de los jueces coincidieron en que la conducta dilatoria y la falta de impulso procesal justifican la extinción del proceso, imponiendo las costas a la parte actora con el beneficio de ley. La sentencia también regula honorarios, costas, y distintas formalidades procesales, en línea con los fundamentos jurídicos expuestos. Disidencia: no se registran votos disidentes en el texto.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: