ALMIRON LUIS ADOLFO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El tribunal admite el desistimiento de la acción promovido por el actor, extinguiendo el proceso y estableciendo costas en su contra con beneficio del art. 27 de la Ley 15.057. La decisión se fundamenta en que el desistimiento no vulnera principios de orden público, y se regula además la liquidación de tasas y honorarios.
El actor, Almiron Luis Adolfo, presenta un desistimiento en autos contra Fed. Patronal Seguros S.A.U. en un proceso de revisión. El tribunal, tras analizar la normativa aplicable (arts. 304 del C.P.C. y 277 de la Ley de Contrato de Trabajo), considera que el desistimiento no vulnera principios de orden público y debe ser admitido. La decisión implica la extinción del proceso con costas en el orden causado al actor, y se regula el pago de tasa de justicia, contribución y honorarios profesionales. La fundamentación se basa en que "el desistimiento de la acción formulado por el actor no vulnera ningún principio de orden público", y se respeta el beneficio establecido en la Ley 15.057. Además, se regulan las costas, tasas y honorarios, señalando que las mismas no podrán perseguirse hasta que el actor mejore de fortuna, y se dictan las reglas para su pago y regulación. Disidencias: No existen votos en disidencia.
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