LIZARRAGA SUSANA NOEMI C/ GOBERNACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La sentencia rechaza la acción de revisión por incapacidad laboral en un accidente in itinere, confirmando la resolución administrativa que no reconoce incapacidad vinculada al accidente. El tribunal desestimó la existencia de secuelas incapacitantes y rechazó la demanda por inexistencia de incapacidad acreditada.
- Quién demanda: Susana Noemí Lizarraga
- A quién se demanda: Gobernación de la Provincia de Buenos Aires (Dirección General de Cultura y Educación)
- Qué se reclama: Revisión de la resolución administrativa que no reconoció incapacidad vinculada a un accidente laboral ocurrido el 23/6/2022, solicitando la declaración de incapacidad y las prestaciones correspondientes.
- Qué se resolvió: El tribunal desestimó la acción de revisión, confirmando que no se acreditó incapacidad alguna vinculada con el accidente. La pericia concluyó que "la actora no presenta secuelas generadoras de incapacidad que se vinculen con la contingencia". Se impusieron costas a la parte actora y se diferieron honorarios.
Fundamentos:
"El accidente ha sido aceptado como accidente de trabajo, pero en la instancia administrativa no se determinó incapacidad vinculada al hecho. No se ha acreditado la percepción de las prestaciones de la ley 24.557. La perito concluyó que la actora no presenta secuelas generadoras de incapacidad que se vinculen con la contingencia (art. 474 CPCC). Por tal razón, no se ha acreditado la existencia de la incapacidad denunciada en la demanda (art. 375 CPCC), y en consecuencia, deviene abstracto expedirse sobre las restantes cuestiones fácticas expuestas en la demanda."
"Considerando que no se acreditó incapacidad alguna vinculada con la contingencia, la acción debe ser desestimada conforme al art. 726 CCyCom."
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