Logo

ALTUNA DARIO FABIAN C/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La sentencia reconoce la indemnización por incapacidad laboral del actor derivada del accidente de trabajo y declara la inconstitucionalidad de normas que limitaban la actualización monetaria de créditos laborales.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue presentada por Darío Fabián Altuna contra PROFRU por accidente laboral ocurrido el 28/08/2019, en el que sufrió traumatismo y fractura en ambas piernas. La Corte probó la existencia del accidente, la relación laboral y la incapacidad física del 17,7%, corroborada por informes periciales médicas y contables. La sentencia fundamenta que, pese a la rebeldía de la demandada, la prueba pericial es suficiente para acreditar la incapacidad y su vínculo con el accidente. El tribunal analizó las cuestiones constitucionales relacionadas con la actualización de créditos laborales y la validez de normas nacionales e internacionales. Se declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/2019, del segundo párrafo del art. 11 de la Ley 27.348 y del art. 7 de la Ley 23.928, considerándolos inaplicables por vicio de origen y por vulnerar garantías constitucionales. En cuanto a la cuantificación de la indemnización, aplicó la fórmula legal vigente, ajustada por intereses y corrección monetaria mediante índice RIPTE, resultando en un monto de $ 2.470.214,88, además de un 20% adicional por la Ley 26.773. El tribunal dispuso que la condena sea abonada en un plazo de diez días, con intereses por mora, y las costas del proceso se imponen a la parte demandada vencida. Se establecieron mecanismos de pago y se reservó el caso federal. Fundamentos principales: "Se ha probado que el actor padece una incapacidad física parcial, permanente y definitiva del 17,7% de la total obrera, con nexo causal directo con el accidente de trabajo del 28/08/2019... La resolución analizó la constitucionalidad de normativas, declarando la inconstitucionalidad del DNU 669/2019, del segundo párrafo del art. 11 de la ley 27.348 y del art. 7 de la Ley 23.928, en atención a su vicio de origen y su impacto en derechos constitucionales. La fórmula de liquidación aplicada resulta ajustada a la normativa vigente, con actualización por RIPTE y adicional del 20%, alcanzando un monto indemnizatorio de $ 2.470.214,88." "El análisis constitucional concluye que la normativa vigente, aun con sus cuestionamientos, garantiza la protección del crédito del trabajador, y que la declaración de inconstitucionalidad de ciertos dispositivos se realiza en función de los vicios de origen del DNU y la normativa específica." "Se impone a la parte demandada

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar