CIRIGLIANO CRISTIAN IVAN C/ BELLO LEONARDO NICOLAS Y OTRO/A S/ DESPIDO
La sentencia declara la procedencia de la demanda por despido, condenando solidariamente a los demandados a abonar una suma de $1.124.890,48 por indemnizaciones laborales, y rechaza los rubros de horas extraordinarias y vacaciones adeudadas. La resolución se fundamenta en la prueba de la relación laboral no registrada y en el despido indirecto por incumplimiento del empleador.
El actor, Cristian Ivan Cirigliano, promovió demanda por despido contra los demandados Leonardo Nicolás Bello y Rodrigo Emanuel Sturtz, reclamando indemnización por despido sin registrar, rubros salariales y otras indemnizaciones laborales. La sentencia sostiene que, por la incontestación y rebeldía de los demandados, se presume la existencia de la relación laboral y su incumplimiento en registros y pagos. La relación comenzó el 20/07/2015 en un establecimiento de Monte Grande, donde Cirigliano se desempeñó como encargado y chef, con tareas y horario probados en el proceso. La falta de documentación y la conducta de rebeldía justificaron la declaración de despido indirecto, considerando la intimación postal y el silencio del empleador. La sentencia liquidó los rubros laborales en base a la mejor remuneración mensual de $50.000, sumando las indemnizaciones por antigüedad, preaviso, integración, vacaciones proporcionales, SAC, y demás conceptos. Se rechazaron reclamos por horas extraordinarias y vacaciones adeudadas por falta de prueba. La suma total a pagar quedó en $1.124.890,48, con intereses desde la ruptura del vínculo. El tribunal condenó en forma solidaria a ambos demandados, imponiendo costas a los vencidos y estableciendo mecanismos de pago, certificados y costas. La fundamentación destaca que la conducta omisiva del empleador y la notificación fehaciente del despido por vía postal validaron la extinción del contrato, conforme a la normativa laboral aplicable.
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