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ARCE VARGAS CHRISTIAN ANDRES C/ MEGA BABY SA S/ DESPIDO

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Lomas de Zamora decidió parcialmente acoger la demanda de Christian Andrés Arce Vargas contra Mega Baby S.A. y condenarla a pagar más de 13 millones de pesos por indemnizaciones y rubros laborales, rechazando diferencias salariales y multas por incumplimiento.

El actor, Christian Andrés Arce Vargas, demandó a Mega Baby S.A. por despido injustificado, reclamando diferencias salariales, horas extras, indemnización por antigüedad, vacaciones, SAC, multas y otras sumas derivadas del vínculo laboral iniciado el 23/10/2018. La sentencia de primera instancia reconoció la existencia de la relación laboral, pero rechazó el reclamo por diferencias salariales por no acreditarse deficiencia en la registración laboral, y aceptó el despido por decisión del trabajador, que consideró injuriado por incumplimientos del empleador en pago de horas extras y otras obligaciones. El tribunal valoró la prueba testimonial y documental, concluyendo que:
- La jornada laboral se extendía de lunes a sábados de 10 a 20 horas, con trabajo en horas suplementarias, pero no se probó que la registración salarial fuera deficiente en categoría, por lo que se rechazó el reclamo de diferencias salariales.
- El despido se perfeccionó el 10/05/2022, mediante la recepción de la carta documento, y fue considerado justificado por injuria del trabajador, dada la falta de pago de horas extras y el incumplimiento en obligaciones del empleador.
- La condena incluyó indemnización por despido, horas extras, SAC, vacaciones, multa del art. 2 ley 25.323, y penalidad por DNU 34/19 y sus prórrogas, además de actualización del capital por inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928. El fallo fue parcialmente favorable al actor, condenando a la demandada a pagar una suma total actualizada de aproximadamente 13,2 millones de pesos, con intereses y costas. La Cámara confirmó la validez de los conceptos indemnizatorios, rechazando diferencias salariales por falta de prueba, y ajustó la tasa de interés por inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, aplicando interés del 3% anual desde el despido. El voto mayoritario resolvió que la demanda prosperaba en la totalidad de la suma reclamada, con costas a cargo de la demandada y regulación de honorarios, y ordenó el depósito de los montos en el plazo legal. Además, se estableció la obligación de la demandada de presentar certificados de trabajo y aportes previsionales bajo apercibimiento. En conclusión, la sentencia confirma la existencia del vínculo laboral, la procedencia de la indemnización por despido

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