IGLESIAS PABLO DARIO C/ RIZZO JOSE LUIS S/ DESPIDO
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Lanús declaró la incompetencia del Tribunal del Trabajo N° 5 de Lanús para entender en el expediente, y ordenó la remisión del mismo al Tribunal competente en Quilmes, considerando que la competencia territorial corresponde a dicho distrito y justificando la decisión en el domicilio del demandado.
El actor, Pablo Dario Iglesias, promovió demanda por despido contra José Luis Rizzo en los tribunales de Lanús. La defensa alegó incompetencia territorial en función del domicilio del demandado, ubicado en Quilmes, en virtud del art. 36 ley 15.057. La parte actora reconoció el error involuntario en el inicio del trámite y solicitó la remisión del expediente a Quilmes. La Cámara, tras analizar las constancias, resolvió que el tribunal de Lanús no tiene competencia en estos autos y que corresponde remitir las actuaciones a la Receptoría General de Expedientes de Quilmes. La decisión se fundamenta en que el domicilio del demandado está en Quilmes, y por ello, el tribunal de Lanús debe inhibirse y remitir el expediente al órgano competente. Los jueces coincidieron en que "este organismo jurisdiccional se inhibe de entender en los autos" y ordenaron la remisión a la jurisdicción correspondiente. La resolución fue unánime y basada en el análisis de la competencia territorial, en consonancia con la normativa aplicable.
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