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DE LUCA GABRIEL EZEQUIEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS SAU S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La homologación del acuerdo transaccional en proceso laboral es procedente y se realiza conforme a la ley, estableciendo honorarios, costas y tasas de justicia, además de regular intereses y sanciones en caso de incumplimiento. La decisión fortalece la conciliación y la seguridad jurídica en el procedimiento.

Costas Accidente de trabajo Honorarios profesionales Intereses punitorios Proceso laboral Conciliacion Homologacion acuerdo Transferencia electronica Ley 14.967 Tasas de justicia

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, DE LUCA GABRIEL EZEQUIEL, demanda por accidente de trabajo contra FEDERACION PATRONAL SEGUROS SAU.
- El tribunal evalúa un acuerdo presentado en forma electrónica por las partes, solicitando su homologación.
- El tribunal confirma que el acuerdo cumple con los requisitos legales, y decide homologarlo (artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo).
- Se regulan honorarios profesionales, costas procesales y tasas de justicia, rechazando la eximición solicitada por la demandada.
- Además, se establecen intereses punitorios en caso de incumplimiento y las condiciones para la transferencia electrónica de fondos.
- La fundamentación enfatiza la validez del acuerdo en virtud del estado actual del proceso, la importancia de la conciliación, y la necesidad de regular los aspectos económicos y procesales para garantizar su cumplimiento y seguridad jurídica.
- Los votos de los jueces coinciden en la decisión, avalando la homologación y las condiciones establecidas.
- Se ordena la notificación y el cumplimiento de los pagos en los plazos legales, con especial atención a las regulaciones sobre honorarios, tasas y moras.

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