CORAL CORREA ELVIS DENIS FLORENCIO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Tribunal del Trabajo Nº 4 de Quilmes homologa acuerdo de conciliación por $10.000.000 entre actor y demandada, confirmando la validez del acuerdo para beneficiar a ambas partes con efectos de cosa juzgada, y regula honorarios y formas de pago.
El actor Elvis Denis Florencio Coral Correa demanda a Federación Patronal Seguros S.A.U. por una suma que fue acordada en un acuerdo de conciliación. La homologación del acuerdo fue solicitada y el tribunal consideró que la transacción alcanza una justa composición de derechos e intereses, sin enervar las disposiciones laborales de orden público, en particular los arts. 15 y 263 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La sentencia indica que la homologación es procedente para que el acuerdo tenga efectos de cosa juzgada, y dispone las condiciones del pago y honorarios. La decisión se basa en que el acuerdo es válido, cumple con los requisitos legales y que se ajusta a los principios de justicia y equidad, con un monto transado de diez millones de pesos ($10.000.000). Además, se establecen pautas para la acreditación del pago, la forma de depósito y honorarios profesionales, asegurando la correcta ejecución del acuerdo. Fundamentos principales: "La transacción arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts. 15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art.30 de la ley 15.057)." "Costas conforme a lo solicitado, con exención del pago de sellados e impuestos fiscales (art.30 ley citada)." "En atención al monto transado, etapas procesales cumplidas, naturaleza de las cuestiones debatidas, resultado obtenido, actuaciones esenciales y de mero trámite realizadas y calidad y mérito de la labor desarrollada, regular los honorarios de los letrados intervinientes..." "El CAPITAL pactado a favor del actor/a DEBERÁ SER DEPOSITADO en su 'CUENTA SUELDO'... siempre que aquella se encuentre disponible. En caso de NO tener disponible ese tipo de cuenta, deberá denunciar una Caja de Ahorros o Cuenta Corriente en $ que sea de su EXCLUSIVA titularidad..." "Los HONORARIOS de los PROFESIONALES INTERVINIENTES DEBERAN SER ABONADOS en las CUENTAS BANCARIAS PERSONALES de los mismos." "El acuerdo es válido y produce efectos de cosa juzgada, homologado por el tribunal en el marco de las acciones laborales y en interés de la justicia, garantizando el cumplimiento de las obligaciones
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