FIGUEROA ALDO RAUL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La sentencia declara la inconstitucionalidad del método de cálculo de prestaciones por parte de la SSN y condena a la aseguradora a pagar indemnización por accidente laboral. La decisión se fundamenta en la protección del trabajador y la invalidez del método reglamentario, confirmando la demanda y fijando monto y condiciones de pago.
- Quién demanda: ALDO RAUL FIGUEROA
- A quién se demanda: PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
- Qué se reclama: prestaciones indemnizatorias por accidente de trabajo, incapacidad parcial y permanente del 10%, y daños derivados del accidente ocurrido el 19/03/22.
- Qué se resolvió: se hace lugar a la demanda y se condena a la aseguradora a pagar $1.997.620,63 por prestaciones, actualizables conforme al índice RIPTE, además de intereses y costas. La sentencia declara inconstitucional el artículo 3° de la Resolución SSN 1039/19 modificado por la SSN 332/23, y rechaza el método de cálculo reglamentario.
- Fundamentos principales:
"Se considera que las normas administrativas en cuestión transforman al índice RIPTE en una tasa de interés, en contravención con su finalidad estatutaria. La delegación del Poder Ejecutivo para modificar el método de ajuste debe respetar el principio de progresividad y protección del trabajador, por lo que resulta inconstitucional aplicar esas resoluciones."
"El artículo 6 de la Ley 24.557 define accidente de trabajo, y la pericia médica demuestra que el actor presenta una incapacidad del 10%, con un valor salarial de $193.286,95, lo que lleva a una indemnización de $1.664.683,86 más un 20% adicional por norma específica, totalizando $1.997.620,63."
"Asimismo, la actualización de la condena se hará mediante el índice RIPTE, desde la fecha del accidente hasta la firma de la sentencia, garantizando la protección del valor del crédito."
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