ORELLANA WALTER MIGUEL C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara del Trabajo de Morón rechazó la demanda por no agotar la instancia administrativa previa requerida por la ley 27.348, confirmando la excepción de previo y especial pronunciamiento y archivando la causa. La decisión se fundamenta en la normativa provincial y constitucional, resaltando la obligación del agotamiento previo para acciones judiciales en accidentes laborales.
La demanda fue presentada por ORELLANA WALTER MIGUEL contra PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., reclamando prestaciones dinerarias por accidente de trabajo ocurrido el 6/11/2018. La aseguradora interpuso excepción de previo y especial pronunciamiento, alegando que no se cumplió con la instancia administrativa previa obligatoria, conforme a la ley 27.348 y la ley provincial 14.997. La Cámara analizó que la ley 27.348, sancionada en la provincia, fue declarada constitucional por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia provincial, y que la normativa exige agotar la vía administrativa antes de acudir a la judicial. La sentencia sostiene que el actor no realizó trámite previo ante la Comisión Médica, por lo que la acción judicial debe ser rechazada por falta de cumplimiento de dicho requisito. La jurisprudencia citada explica que "el procedimiento instaurado por el art. 1° de la ley 27.348, ha sido declarado constitucional por la propia jurisprudencia del Máximo Tribunal de esta Provincia". La decisión además establece que la demanda debe ser archivada y se imponen costas a la parte actora.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: