MEDINA MALENA BELEN C/ ASOCIART S.A ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La homologación del acuerdo conciliatorio por 6.500.000 pesos en un proceso laboral y la no homologación del pacto de cuota litis; decisión basada en la legalidad del acuerdo y en la falta de ratificación personal del pacto de cuota litis.
La demandante, Malena Belén Medina, promovió una acción de revisión contra Asoc.ART S.A. por la homologación de un acuerdo conciliatorio. El tribunal consideró procedente homologar el acuerdo por no vulnerar normas de orden público y por ajustarse a los arts. 12 y 15 de la Ley 15.057, llegando a una justa composición de la litis. La jueza señaló que la ratificación personal del pacto de cuota litis no fue cumplida, por lo que no se homologó dicho pacto. La decisión se fundamentó en que el acuerdo conciliatorio cumplía con los requisitos legales y que la falta de ratificación del pacto de cuota litis impedía su homologación. Se impusieron costas a la demandada, se establecieron intereses a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires, y se ordenó que los honorarios y aportes de profesionales sean abonados en forma directa por la parte obligada, con la denuncia previa de los datos bancarios de los profesionales en autos.
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