SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA RE C/ FLASHER S.A. S/ COBRO DE APORTES DE CUOTA SINDICAL
El sindicato solicitó el desistimiento de la acción contra la empresa. La Cámara homologó el desistimiento, archivando el proceso y confirmando que el mismo se ajusta a la normativa aplicable, con costas en el orden causado y regulación de honorarios a la letrada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina, manifestó su intención de desistir de la acción judicial iniciada contra la demandada, Flasher S.A., mediante presentaciones electrónicas fechadas 16-06-2022 y 13-06-2025. La jueza Dra. María Gabriela Alcolumbre consideró que el desistimiento se ajusta a lo dispuesto en el artículo 304 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires, sin vulnerar normas de orden público, y propuso homologarlo. La propuesta fue acompañada por las juezas Sánchez y Aloé, quienes compartieron los fundamentos. La resolución del tribunal fue homologar el desistimiento, ordenar el archivo del proceso, costas en el orden causado y regular los honorarios de la letrada en base a la escala legal vigente.
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