FERNANDEZ LAUTARO NAZARENO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ MATERIA A CATEGORIZAR
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de La Plata regula los honorarios profesionales del abogado Lautaro Nazareno Fernandez en atención a la actuación administrativa ante la Comisión Médica, confirmando la regulación efectuadas en primera instancia y estableciendo la responsabilidad del empleador en el pago.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El abogado Lautaro Nazareno Fernandez solicitó la regulación de honorarios por su actuación en el trámite ante la Comisión Médica N°11 de La Plata, en el expediente N°133691/24, por la representación del trabajador Araya Patricio Hernan en un proceso de determinación de incapacidad laboral por siniestro laboral ocurrido el 31 de agosto de 2023. La aseguradora demandada, Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A., desconoce la actuación profesional y argumenta que no corresponde la regulación por no tratarse de actuación oficiosa y por falta de clasicificación clara de tareas. La sentencia de primera instancia reguló los honorarios en 6,538 jus, considerando el valor del acuerdo homologado por $1.993.510,55, y aplicando el porcentaje del 10% según la ley arancelaria vigente, además de los aportes de ley y IVA. El tribunal confirma la regulación y la responsabilidad de la parte demandada en el pago, basándose en la normativa de la ley 14.967 y la resolución SRT 298/17, considerando que la actuación fue en el marco de una actuación administrativa con patrocinio letrado obligatorio desde la primera presentación y que la regulación debe hacerse con base en el valor del jus al momento del acto que culminó la trámite, en este caso con el acuerdo homologado del 02/07/2024. La sentencia destaca que la parte demandada debe abonar los honorarios regulados y las costas del proceso por haber sido vencida en su oposición.
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