PERON NICANOR C/ ESPACIO DRAC S.A. Y OTROS S/ DESPIDO
La homologación del acuerdo conciliatorio en proceso laboral por despido, con pago de $15.000.000 en cuotas, fue aprobada por el tribunal, considerando que la conciliación respeta principios de orden público y celeridad procesal, homologando el acuerdo en los términos solicitados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Nicanor Perón, demanda por despido y llega a un acuerdo conciliatorio con la parte demandada, Espacio Drac S.A., en el que se pacta un pago total de 15 millones de pesos en tres cuotas. La decisión del tribunal fue homologar el acuerdo, considerando que la conciliación no vulnera principios de orden público y que favorece la celeridad procesal, conforme al artículo 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La sentencia destaca que "la conciliación es una de las formas posibles de concluir el juicio y que el convenio conciliatorio hace a la celeridad procesal", y que "la renuncia genérica de derechos no tiene ningún valor (art. 12 L.C.T.)". Los jueces coincidieron en que el acuerdo es justo y adecuado, homologándolo en los términos propuestos, y disponiendo las regulaciones de honorarios, costas y mecanismos de pago. Se remarca además, la incorporación de medidas para la acreditación de pagos y cumplimiento de obligaciones procesales y fiscales.
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