GUIDI GUSTAVO FERNANDO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral, por monto de $12.000.000, resulta procedente por valorar la justicia de la composición y la legalidad del acuerdo, en línea con las normas laborales y de ley 15.057. El tribunal destaca la importancia del control judicial para garantizar la protección del derecho del trabajo y la irrenunciabilidad de derechos laborales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Gustavo Fernando Guidi, demanda en autos contra Federación Patronal Seguros S.A. una acción de revisión relacionada con un acuerdo conciliatorio del 4/6/2025. El tribunal analiza la legalidad y justicia del acuerdo, considerando la protección del principio protectorio en el Derecho del Trabajo, específicamente la irrenunciabilidad de derechos y la necesidad de intervención judicial o administrativa para la validez del acuerdo (art. 15 de la Ley 20.057 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo). Tras valorar los elementos del reclamo, la litis, la prueba y las manifestaciones de las partes, concluye que la conciliación presenta una justa composición de derechos e intereses, autorizando su homologación. Se impone además la condena en costas a la demandada y se regula la honorificación de los profesionales intervinientes, en función del monto del acuerdo y la labor desarrollada, estableciendo además obligaciones relacionadas con el depósito de fondos, pago de honorarios, tasas de justicia y acreditación de cumplimiento. La resolución enfatiza que el acuerdo, que contempla el pago de $12.000.000, resulta adecuado y conforme a la normativa laboral vigente, y que el control judicial garantiza la protección de derechos del trabajador y la legalidad del acuerdo.
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