GUIDI GUSTAVO FERNANDO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral, por monto de $12.000.000, resulta procedente por valorar la justicia de la composición y la legalidad del acuerdo, en línea con las normas laborales y de ley 15.057. El tribunal destaca la importancia del control judicial para garantizar la protección del derecho del trabajo y la irrenunciabilidad de derechos laborales.
El actor, Gustavo Fernando Guidi, demanda en autos contra Federación Patronal Seguros S.A. una acción de revisión relacionada con un acuerdo conciliatorio del 4/6/2025. El tribunal analiza la legalidad y justicia del acuerdo, considerando la protección del principio protectorio en el Derecho del Trabajo, específicamente la irrenunciabilidad de derechos y la necesidad de intervención judicial o administrativa para la validez del acuerdo (art. 15 de la Ley 20.057 y 15 de la Ley de Contrato de Trabajo). Tras valorar los elementos del reclamo, la litis, la prueba y las manifestaciones de las partes, concluye que la conciliación presenta una justa composición de derechos e intereses, autorizando su homologación. Se impone además la condena en costas a la demandada y se regula la honorificación de los profesionales intervinientes, en función del monto del acuerdo y la labor desarrollada, estableciendo además obligaciones relacionadas con el depósito de fondos, pago de honorarios, tasas de justicia y acreditación de cumplimiento. La resolución enfatiza que el acuerdo, que contempla el pago de $12.000.000, resulta adecuado y conforme a la normativa laboral vigente, y que el control judicial garantiza la protección de derechos del trabajador y la legalidad del acuerdo.
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