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SANTIL RAMIREZ WOLTER JUNION C/ PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

Homologación del acuerdo y desistimiento en acción por accidente de trabajo. La Cámara homologó el acuerdo y consideró que no existían violaciones de derechos protegidos por el orden público, confirmando así la resolución de primera instancia y disponiendo el desistimiento de la acción respecto del daño psicológico.

Costas Honorarios Dano psicologico Accidente de trabajo Desistimiento Homologacion acuerdo Ley 24.557 Ley 15.057 Regulacion de pagos Accion especial

El actor, SANTIL RAMIREZ WOLTER JUNION, demandó a PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. en una acción especial por accidente de trabajo, específicamente solicitando la homologación de un acuerdo celebrado el 26/5/2025. El tribunal, tras analizar la equidad de los derechos de las partes y la ausencia de violaciones de derechos protegidos por el orden público, resolvió homologar dicho acuerdo y el desistimiento del actor respecto del reclamo por daño psicológico. La sentencia señala que “Teniendo en cuenta que en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierten violación de derechos protegidos por el orden público, considero: QUE DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO de fecha 26/5/2025”, y que “se homologa el desistimiento formulado por el Sr. SANTIL RAMIREZ WOLTER JUNION y tiénese por desistida de la acción y del derecho con relación al daño psicológico”. La sentencia también regula costas, honorarios y mecanismos de pago, estableciendo que “las sumas debidas al trabajador deberán ser abonadas mediante depósito en la cuenta bancaria cuya titularidad acredite en autos la parte actora”.

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