MEDINA EZEQUIEL LEONEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A,U S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El tribunal homologa un acuerdo de conciliación en un proceso de acción de revisión de resolución médica. La decisión se fundamenta en que los términos del acuerdo son equitativos y no violan el orden público, además de eximir a las partes del pago de impuestos y tasas, y regular honorarios y depósitos.
La sentencia corresponde a un acuerdo homologado en un proceso de acción de revisión de resolución médica según la Ley 15.057, en el expediente SI-26836-2024. El tribunal, integrado por los jueces Canabal, Coello Grassi y Tula, analiza la solicitud de homologación del acuerdo suscripto el 30/5/2025. Los jueces, tras estudiar los autos, consideran que el acuerdo presenta una equitativa composición de derechos, sin violaciones de derechos protegidos por el orden público, y que no existen objeciones que impidan su homologación. El voto del Dr. Canabal destaca que "en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierten violación de derechos protegidos por el orden público" y propone que "se homologue el acuerdo y se exima del pago de impuestos y tasas procesales". Los demás jueces adhieren a su voto. Finalmente, el tribunal resuelve homologar el acuerdo, imponer costas a la demandada, eximir a las partes del pago de impuestos y tasas, regular honorarios profesionales y del perito, y establecer mecanismos para el pago de las sumas acordadas, incluyendo depósitos en cuentas bancarias habilitadas y notificaciones correspondientes. La resolución también ordena diversas diligencias relacionadas con la acreditación de la cuenta y el cumplimiento del acuerdo.
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