ARANDA AGUIRRE MANUEL ANSELMO C/ LONGUEIRA EDELMIRO MARTIN Y OTRO/A S/ DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo de conciliación en un proceso por despido, confirmando la validez del acuerdo y eximiendo a las partes del pago de impuestos y tasas. Además, reguló honorarios, estableció mecanismos de pago directo y ordenó la acreditación de cuentas para facilitar el cobro.
El actor, Manuel Aranda Aguirre, demanda por despido a los demandados, en especial a Edelmiro Longueira. La parte demandada y el actor alcanzaron un acuerdo conciliatorio en fechas 5/5/2025 y sus modificaciones posteriores, que fue sometido a homologación por este tribunal. La resolución judicial destacó que "en la especie se obtiene una equitativa composición de derechos de las partes y que no se advierten violación de derechos protegidos por el orden público," por lo que se decidió homologar el acuerdo. Además, se dispuso que las partes queden exentas del pago de impuestos y tasas, y se reguló el pago de honorarios profesionales en pesos o en Juros, según corresponda, con instrucciones para su cumplimiento y acreditación. La resolución también estableció mecanismos para el pago directo de los importes, indicando que "el capital acordado, el cual goza de naturaleza alimentaria," podrá abonarse en cuentas bancarias denunciadas por las partes, y se ordenó la apertura de una cuenta judicial en caso de no haber acuerdo. La homologación implica que, en caso de incumplimiento, se aplicarán las disposiciones del art. 275 tercer párrafo de la Ley de Contrato de Trabajo. La decisión se fundamenta en que el acuerdo refleja un equilibrio entre los derechos de las partes y no viola principios de orden público, por lo que corresponde homologarlo y disponer su cumplimiento.
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