FREYRE NORMA VIVIANA C/ EXPERTA ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El reclamo por honorarios extrajudiciales por actuación ante la Comisión Médica fue admitido. La Cámara confirmó la condena a la aseguradora a pagar y regular honorarios, fundamentando la obligatoriedad del trámite administrativo previo y la participación letrada, con reconocimiento del carácter oficioso de la actuación.
La actora, la Dra. Freyre, solicita honorarios por la gestión administrativa ante la Comisión Médica en representación del trabajador, en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo 24.557 complementada por la ley 27.348. La parte demandada, EXPERTA ART S.A., niega la existencia de actuación profesional oficiosa y que la misma haya sido reconocida parcialmente o en su totalidad. La sentencia destaca que la normativa vigente establece que la actuación ante las comisiones médicas es un paso obligatorio y que, por participar en dicha instancia con patrocinio letrado, el profesional tiene derecho a honorarios, los cuales deben ser soportados por la ART. La ley 27.348 y la resolución 298/17 SRT regulan la percepción de honorarios en estos casos, señalando que la actuación oficiosa y el reconocimiento parcial o total de la pretensión son requisitos para el pago por parte de la aseguradora. La Cámara concluye que la actuación de la letrada fue de carácter administrativo y que corresponde regular los honorarios en la suma equivalente en pesos a 3 JUS, con más IVA si corresponde, además de imponer costas a la parte demandada y regular honorarios a las otras profesionales intervinientes. La sentencia confirma la condena y regula los honorarios en consecuencia.
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