CANTEROS AXEL RODRIGO C/ TOSSI NORA LILIANA y otros S/ DESPIDO
La sentencia declara la incompetencia del Tribunal del Trabajo Nº3 de Quilmes para entender en la causa por falta de competencia territorial y remite las actuaciones a la Receptoría de Avellaneda. La decisión se fundamenta en la ley 15.057 y en la manifestación del actor de que inició la trámite en Quilmes por error.
- Quién demanda: Axel Rodrigo Canteros
- A quién se demanda: Nora Liliana Tossi, Yésica Benvenuto y Carnicerías El Pele
- Qué se reclama: Cobro de indemnizaciones por despido.
- Qué se resolvió: El Tribunal declara su incompetencia territorial y remite la causa a la Receptoría de Avellaneda, dado que el domicilio del demandado y el lugar de prestación del trabajo se encuentran en esa jurisdicción, y que la acción fue iniciada en Quilmes por error.
Fundamentos:
"El art. 3º de la ley 15.057 otorga al trabajador la facultad de ejercer la triple opción al momento de promover la demanda, ya sea ante el Tribunal del lugar del domicilio del demandado, ante el Tribunal del lugar de prestación del trabajo o ante el Tribunal del lugar de celebración del contrato.
Asimismo, intimado la parte actora en fecha 23/05/25, la misma manifiesta que la presente acción fue iniciada por error ante la Receptoría General de Expedientes de Quilmes, cuando debió haber sido iniciado ante la Receptoría de Expedientes de Avellaneda.
En consecuencia, bajo tales premisas y en virtud de lo estatuido por los arts. 3 y 36 de la Ley 15.057, y al no darse en el caso de autos ninguna de las variables que autorizan admitir la competencia territorial, este Tribunal deviene incompetente para entender en la presente causa."
Disidencia: No se registra votos disidentes, todos las juezas adhieren a la decisión.
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