CARBALLES JORGE EZEQUIEL C/ MINISTERIO DE SEGURIDAD -SEGURIDAD PROVINCIAL - GOBERNACION DE LA S/ EJECUCION DE HONORARIOS
La Cámara del Trabajo de Morón confirmó la procedencia de la demanda y reguló honorarios a favor del letrado en la suma de $1.469.483,87 por actuación en sede administrativa y $284.788 por labor judicial, rechazando honorarios a la parte demandada.
La demanda fue promovida por el Dr. Jorge Ezequiel Carballes, en carácter de letrado patrocinante del Sr. Ivan Matias Villagran, contra la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la regulación de honorarios por su actuación en la Comisión Médica N° 381 de Morón, en el marco del expediente administrativo N° 494.524/23, por "Divergencia en la determinación de la incapacidad". La Cámara del Trabajo de Morón hizo lugar a la demanda y reguló los honorarios en $1.469.483,87 para la labor en sede administrativa y en $284.788 para la labor judicial, ambas sumas con los adicionales de ley. La sentencia fundamenta que la ley 27.348 y la resolución 298/2017 establecen que la actuación de las comisiones médicas jurisdiccionales constituye la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente, y que la regulación de honorarios en estos casos corresponde al letrado que patrocina al trabajador en estos procedimientos. La decisión también impone costas a la demandada en sede administrativa y judicial, y establece los mecanismos de pago y acreditación de honorarios, además de recordar que la parte demandada no debe ser condenada en honorarios por su representación en estas actuaciones. La sentencia se fundamenta en el marco legal aplicable, en particular la ley 14.967, la ley 24.241, la ley 27.348, y la resolución 298/2017, destacando que la actuación del letrado fue realizada en el marco de dichas normativas y en defensa del interés del trabajador. La decisión fue adoptada en votación unánime de las juezas.
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