MALDONADO CLAUDIO OMAR C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ DESPIDO
La demanda por despido y la condena por indemnización en relación a la relación laboral del actor con la Provincia de Buenos Aires. La Cámara confirmó la procedencia del reclamo y declaró la inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928, condenando a la Provincia a pagar la indemnización de aproximadamente $7,74 millones.
El actor, Claudio Omar Maldonado, promovió demanda contra la Provincia de Buenos Aires en reclamo de indemnizaciones por despido en virtud de una relación que consideró laboral, a pesar de haber sido formalmente contratado como locador de servicios. El tribunal analizó la naturaleza jurídica del vínculo, concluyendo que se trató en realidad de una relación de trabajo regida por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), pese a los contratos de locación de servicios utilizados por la administración pública, que en su mayoría fueron considerados fraude a la ley. La Provincia argumentó que la relación no aplicaba la LCT, sustentándose en normativas específicas del personal transitorio y en la extinción del organismo, además de cuestionar la constitucionalidad del artículo 48 de la ley 11.653. Sin embargo, la sentencia sostuvo que la relación cumplía con los elementos esenciales de un vínculo laboral, y que su formalización como locación de servicios fue un fraude a la ley laboral. La inconstitucionalidad del artículo 7 de la ley 23.928 fue declarada de oficio, pues su aplicación resultaba incompatible con los derechos constitucionales del trabajador, en particular la protección frente a la inflación y la garantía de condiciones dignas. La suma a pagar, actualizada a la fecha, fue de $7.742.829,06, con intereses del 3% anual desde el 9/9/2018. Se rechazaron los reclamos relacionados con indemnizaciones por ley 25.323 y ley 25.345, por no acreditar el cumplimiento de requisitos formales de registración. Las costas fueron impuestas a la Provincia, y se reguló la honorarios de los profesionales en los montos correspondientes.
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