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MOLINA EICHMAN CARMEN ISABEL C/ VILLARROEL ARNALDO ALBERTO S/ DESPIDO

La demanda por indemnización y reconocimiento laboral por despido injustificado, en un contexto de relación laboral no registrada y despido indirecto, fue aceptada y se condenó al demandado a abonar más de 25 millones de pesos, ajustados por RIPTE, en base a la existencia de vínculo laboral, incumplimiento de registración y condiciones laborales acreditadas.

La accionante, Carmen Isabel Molina Eichman, demanda por despido, diferencias salariales, indemnizaciones y cumplimiento de obligaciones laborales, alegando inicio de relación laboral el 2 de enero de 2017, en un local de ropa llamado "Tienda Puerta del Sol", en Villa Elisa. La relación fue inicialmente con su empleadora, Mery Choque Contreras, y continuó clandestinamente tras su fallecimiento en noviembre de 2017, con el demandado, Arnaldo Villaruel, quien negó vínculos y justificó la finalización del vínculo en la muerte de su madre. La prueba testimonial y documental acreditó que la actora trabajó en condiciones de jornada completa desde al menos septiembre de 2017, con remuneración superior a los $4.000 y hasta $28.492,68 en enero de 2019, en un local con nombre de fantasía "Puerta del Sol". La declaración de la testigo Santucho confirmó la continuidad del trabajo en el local, y la testigo Barbusano describió la presencia de Molina Eichman atendiendo en el local hasta antes de la pandemia. La negativa del empleador y la prueba de la relación laboral, sumada a la omisión de registración y la intimación previa, justifican el despido indirecto y la condena. El tribunal concluyó que la relación laboral se inició en septiembre de 2017 y continuó clandestinamente tras noviembre de ese año, hasta el 22/03/2019, fecha de despido indirecto. Se reconocieron rubros indemnizatorios, diferencias salariales, multas por incumplimiento y se actualizó la suma total a más de 25 millones de pesos, aplicando un método de actualización por RIPTE. Además, se rechazó la temeridad y malicia solicitadas por la parte demandante y se impusieron costas y honorarios. La decisión se fundamentó en que el vínculo laboral fue probado, la omisión de registración fue grave, y la relación se mantuvo en condiciones de jornada completa y remuneración superior a la registrada, en línea con la normativa y la jurisprudencia aplicable.

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