CARBALLO ENZO GABRIEL C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La Cámara Civil y Comercial de Zárate confirmó la inconstitucionalidad de varias normas de la ley 24557 y condenó a la Provincia de Buenos Aires a pagar una indemnización por accidente laboral, rechazando el reclamo por daño físico. La decisión se fundamenta en la protección constitucional y principios de legalidad.
- Quién demanda: Enzo Gabriel Carballo
- A quién se demanda: Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
- Qué se reclama: Indemnización por incapacidad psicofísica derivada de accidente laboral ocurrido el 19-3-16, y daño físico.
- Qué se resolvió: La demanda fue parcialmente acogida, condenando a la Provincia a pagar $3.122.190,84 por indemnización de pago único, y rechazando el reclamo por daño físico. La sentencia declaró la inconstitucionalidad de artículos de la ley 24557, del decreto 669/19 y resoluciones de la SSN, por violar principios constitucionales y derechos adquiridos. La Cámara consideró que los artículos 6, 21, 22 y 46 de la ley 24557; el decreto 669/19; y la resolución 1039/19 de la SSN son inconstitucionales por no respetar las garantías constitucionales, la competencia del Congreso y el principio de irretroactividad.
Fundamentos:
"La declaración de inconstitucionalidad de dichas normas se funda en que el artículo 6 de la ley 24557, al ampliar las facultades de las Comisiones Médicas para determinar enfermedades profesionales no listadas, vulnera la garantía constitucional de igualdad y el principio de legalidad, además de que la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires ha declarado su inconstitucionalidad. Asimismo, los arts. 21 y 22 de la ley de Riesgos del Trabajo, que regulan las Comisiones Médicas, han sido declarados inconstitucionales por la Corte de la Nación, por su afectación a la competencia judicial. El artículo 46 de la ley 24557, que permite recurrir ante la Justicia Federal, también fue declarado inconstitucional por su invasión de la competencia provincial. Por otra parte, el DNU 669/19 y la resolución 1039/19 de la SSN modifican aspectos del cálculo de las indemnizaciones y tasas de interés, vulnerando el principio de irretroactividad y afectando derechos adquiridos, por lo cual también deben ser considerados inconstitucionales."
"En cuanto a la determinación de la incapacidad y la indemnización, se acreditó que el actor sufrió un accidente laboral el 19-3-16, con secuelas que no superan la incapacidad ya resarcida en sede administrativa (
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