RIVAINERA MATIAS EZEQUIEL C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La sentencia de primera instancia condenó a la aseguradora a pagar una indemnización por incapacidad laboral parcial y permanente, valorada en más de 15 millones de pesos, en base a la evaluación pericial y la normativa vigente, confirmando la responsabilidad del empleador y la aseguradora en el siniestro y sus secuelas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Matias Ezequiel Rivainera, demanda a la aseguradora Asociart S.A. por accidente laboral ocurrido el 31/10/2022, solicitando una indemnización por daños y perjuicios que asciende a $2.901.084,74, fundamentando en la relación laboral, la denuncia del siniestro y las prestaciones médicas brindadas. La demandada reconoce el contrato de afiliación y las prestaciones brindadas, pero niega su responsabilidad. La causa se sustancia siguiendo el procedimiento de la ley 15.057 y normativa complementaria, habiendo sido concluidas las instancias de prueba y alegatos. El tribunal, tras analizar la prueba pericial médica y la documentación probatoria, concluye que el accidente produjo una incapacidad parcial y permanente del 9,04%, vinculada causalmente con el siniestro. La valoración de la incapacidad se basa en la pericia médica que estima un 8% por daño físico y factores adicionales, y en la liquidación del ingreso base mensual del actor, que asciende a $1.163.521,25. El tribunal considera que la normativa vigente, en particular la ley 24.557 y sus actualizaciones, establece el cálculo de la indemnización en un pago único, por lo que condena a la aseguradora a pagar la suma de $15.529.418,39, en concepto de incapacidad parcial y permanente, más intereses según la tasa activa del Banco de la Nación Argentina en caso de mora. La decisión también impone las costas a la parte vencida y regula los honorarios profesionales, además de ordenar la apertura de una cuenta bancaria judicial para el pago. Fundamentos principales: "Del análisis de la prueba pericial médica producida en autos en fecha 28/01/2025 20:47:10 p. m., el perito arriba a la siguiente conclusión: 'Teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el expediente, constituyen un mecanismo etiológicamente idóneo y cuantitativamente suficiente para causar hidrartrosis crónica en rodilla derecha por rotura del LCA y plástica, en concordancia cronológica y topográfica con los hallazgos semiológicos (...). Se diagnostica por los hechos de marras RVAN Grado I, correspondiendo según la Tabla de Evaluación de las Incapacidades Laborales de la Ley nro. 24557 un grado de incapacidad de 0% TO. CÁLCULO: Hidrartrosis crónica rodilla derecha:
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