PEREIRA SILVINA ANDREA C/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057 3
La Cámara del Trabajo en San Isidro resolvió rechazar la excepción de incompetencia material respecto del daño psicológico en proceso por acción de revisión de accidente laboral. La sentencia confirma la competencia del tribunal para conocer del daño psíquico, considerando el cumplimiento del requisito de reclamación administrativa previa.
- Quién demanda: PEREIRA SILVINA ANDREA
¿A quién se demanda?
EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la resolución administrativa respecto del daño psicológico sufrido por la actora, en el marco del proceso por accidente laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara del Trabajo en San Isidro rechazó la excepción de incompetencia material opuesta por la demandada, confirmando la competencia del tribunal para entender en la causa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De la compulsa de las actuaciones administrativas acompañada y lo señalado por la propia actora en la contestación del traslado normado por el art. 29 de la ley de rito, surge que efectivamente se ha reclamado por el daño psicológico que dice padecer a fs. 13 del Expte. SRT N°: 004279/22. Es así que, corresponde que se rechace la excepción de incompetencia opuesta." "En cuanto a las costas, corresponde que se impongan en el orden causado, atento lo novedoso de la cuestión que aquí se trata, difiriéndose la regulación de honorarios para el momento procesal oportuno." "De acuerdo con la normativa aplicable, la existencia de reclamación administrativa previa es requisito que debe verificarse en este tipo de acciones, y en este caso, la prueba documental y la declaración de la parte actora acreditan dicho cumplimiento." Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia.
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