DITURI PABLO IGNACIO C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
Homologación de la conciliación extrajudicial en proceso laboral que reconoce y beneficia los derechos de las partes y fija un acuerdo de pago de $12.000.000, con efectos de cosa juzgada, en el marco de un accidente de trabajo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal, compuesto por los jueces Vodeb, Amodio y Ginocchio, analiza la validez de la conciliación celebrada entre el actor Pablo Ignacio Dituri y la aseguradora Federación Patronal Seguros S.A. La cuestión central fue si correspondía homologar dicho acuerdo. El juez Amodio consideró que la conciliación lograba una justa composición de derechos e intereses, sin enervar el orden público laboral, y que debía homologarse para que tenga efectos de cosa juzgada, conforme a los arts. 15 y 263 de la Ley de Contrato de Trabajo y art. 30 de la Ley 15.057. La homologación implicaba que las partes quedarían beneficiadas con los efectos de la cosa juzgada, con costas conforme a lo solicitado y exención del pago de la tasa de justicia. Los otros jueces, Vodeb y Ginocchio, adhieren a estas consideraciones. La sentencia además regula aspectos relativos a pagos, costas y honorarios profesionales, y establece los mecanismos para el cumplimiento del acuerdo, incluyendo la apertura de cuentas y la acreditación de pagos. La resolución concluye que la homologación de la conciliación es procedente, en consonancia con los principios y normativas laborales aplicables, en beneficio de las partes y con efectos de decisión definitiva en el proceso.
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