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ROBLEDO MICAELA ANAHÍ C/ MESA SUR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y OTROS S/ DESPIDO

El tribunal homologó el pacto de cuota litis y la conciliación en un proceso por despido, considerando que ambas instancias cumplen con las disposiciones legales y no afectan el orden público laboral. La decisión favorece la finalización del litigio mediante acuerdo y ratificación judicial.

Costas Honorarios Pacto de cuota litis Resolucion judicial Homologacion Despido Acuerdo judicial Conciliacion laboral Orden publico laboral Ley 15.057

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Micaela Anahí Robledo, demanda a Mesa Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada y Guillermo Luchetti por despido. La sentencia homologó un pacto de cuota litis del 20% del monto a percibir y una conciliación por 2.500.000 pesos, acordando también el pago de honorarios y costas. La homologación del pacto y la conciliación se fundamenta en que ambas cumplen con los requisitos del art. 277 de la Ley de Contrato de Trabajo y no afectan el orden público laboral, ya que representan una justa composición de derechos. La sentencia señala que “la conciliación alcanzó, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público” y que “corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada”. La decisión también establece las condiciones para los pagos y la exención de costas, manteniendo la legalidad y la protección de derechos de las partes.

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