COLUCCI CRISTIAN C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
El tribunal reguló los honorarios del letrado por actuación extrajudicial en trámite administrativo de divergencia en la determinación de incapacidad. La resolución fijó la suma de $383.810, responsabilizando a la demandada al pago en plazo de diez días bajo apercibimiento de ejecución, considerando las tareas efectivamente realizadas en sede administrativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Dr. Cristian Colucci, demanda la regulación de honorarios por su actuación en un proceso administrativo ante la Comisión Médica N° 38-2 de Morón, en el expediente N° 078124/22, por divergencia en la determinación de incapacidad de la trabajadora Adriana Romina Pérez, tras un accidente laboral ocurrido el 31/08/2021. El letrado asistió a la damnificada desde el inicio del expediente hasta la emisión del dictamen final, que concluyó que no presentaba incapacidad laboral. La parte demandada, Federación Patronal Seguros S.A., reconoció la tramitación del expediente, que culminó con la conclusión de que la damnificada no poseía incapacidad, y solicitó la regulación de honorarios. El tribunal, considerando la naturaleza del trámite y la extensión de las tareas, reguló honorarios por $383.810, equivalente a 10 jus, más aportes legales e IVA, y responsabilizó a la aseguradora por su pago, disponiendo el depósito en la cuenta judicial en diez días. La sentencia destaca que las actuaciones administrativas no son susceptibles de apreciación pecuniaria, ya que corresponden a trámite de divergencia en la determinación de incapacidad donde no se otorgó incapacidad a la damnificada, y que los honorarios deben considerarse en función de las tareas realizadas en sede administrativa.
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