IOZZO CAMARERO IGNACIO GUILLERMO C/ BAHIA AUTOMOTORES S.A. S/ DESPIDO
La sentencia confirma el despido de Ignacio Guillermo Iozzo Camarero por violación al deber de no concurrencia, considerando que la conducta del trabajador fue una grave infracción que justifica la extinción del vínculo laboral. El tribunal valoró la prueba y la conducta del empleado como suficiente para justificar la ruptura del contrato.
Quién demanda: Ignacio Guillermo Iozzo Camarero.
¿A quién se demanda?
Bahía Automotores S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por despido, diferencias de comisiones, multa Decreto 34/19 y multas por arts. 1 y 2 Ley 25.323.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda en su totalidad, confirmando el despido por causa justificada en la violación al deber de no concurrencia y en la conducta irregular del trabajador. Fundamentos principales de la decisión: "El hecho imputado al actor, consistente en la negociación con un vehículo usado como parte de pago, en una operación que involucraba a una reventa, constituye una grave infracción a los deberes de fidelidad y no concurrencia. La prueba testimonial y documental demuestra que el trabajador actuó en un contexto que vulneraba la confianza y los intereses de la empresa, y que además ya había sido sancionado anteriormente por hechos similares. La conducta del actor, que aprovechó su posición para realizar operaciones fuera del marco permitido, genera una justa causa para la extinción del vínculo laboral." "El tribunal valoró la evidencia y concluyó que la conducta del trabajador fue suficiente para justificar la ruptura del contrato, sin que las sanciones menores previas o la antigüedad de 27 años puedan alterar esta conclusión, dado el nivel de gravedad de la infracción."
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