POSE IAN GUILLERMO C/ INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL S/ AMPARO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que ordenó a IOMA proporcionar el 100% del bipedestador progresivo a favor del menor, debido a la patología grave y la negativa de la obra social a brindar la prestación. La decisión se fundamentó en el derecho a la salud y la ilegalidad de la conducta de la demandada.
- Quién demanda: Cinthia Daniela Pose en representación de su hijo Ian Guillermo Pose
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Medico Asistencial (IOMA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura integral del 100% del costo del bipedestador progresivo prescripto por el médico tratante.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que ordenó a IOMA proveer la prestación y condenó a la obra social a cumplir en tiempo y forma. Además, se impusieron astreintes por incumplimiento y se establecieron costas y honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La decisión se basó en que la patología del menor, que incluye espina bífida lumbar, hidrocefalia y paraplejia, requiere la provisión urgente del dispositivo. Se resaltó que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental protegido por normas constitucionales, internacionales y provinciales. La conducta de la demandada fue calificada como negligente, arbitraria y manifiestamente ilegal, en incumplimiento de sus obligaciones legales y constitucionales, y se consideró que la acción de amparo era la vía adecuada dado el carácter de urgencia y vulnerabilidad del beneficiario. La jurisprudencia y normativa internacional y nacional avalaron la protección del derecho a la salud y la responsabilidad del Estado y sus instituciones en garantizarlo.
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