PALAVECINO MARIA ALEJANDRA C/ SWISS MEDICAL ART S.A.U. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
La sentencia declara la inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24.557, rechaza las excepciones de falta de legitimación y pago total, y condena a la demandada a abonar una indemnización por lesiones en accidente in-itinere, por un monto de $10.867.082,68, con intereses y costas.
La demandante, María Alejandra Palavecino, promovió acción por daños y perjuicios contra Swis Medical ART SA por un accidente in-itinere ocurrido el 28/08/2018, que le generó una incapacidad permanente del 19,25%. La sentencia analiza y rechaza las excepciones de pago total y falta de legitimación pasiva, y declara la inconstitucionalidad del artículo 12 de la ley 24.557 (modificado por la ley 27.348), en virtud de su inconstitucionalidad por afectar el resarcimiento íntegro de la pérdida de capacidad de ganancia. El tribunal estima que la lesión y la incapacidad están acreditadas por informe pericial médico que ratifica la relación causal y la gravedad de la lesión. Se determina un monto indemnizatorio de $10.867.082,68, actualizado por intereses y ajuste conforme a la variación del índice RIPTE, con una tasa del 3% anual desde la fecha del accidente. Las costas son a cargo de la demandada, vencida en el proceso. Fundamentos principales: "El artículo 12 de la ley 24.557, modificado por la ley 27.348, resulta inconstitucional por afectar el principio de reparación íntegra de la pérdida de ganancia del trabajador, en violación a los arts. 14 bis y 17 de la Constitución Nacional, y en consonancia con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia." "Se considera que la actualización salarial debe hacerse a valores actuales, y que la utilización de índices depreciados implicaría una reducción injusta del resarcimiento, en contravención a la jurisprudencia local y a los principios constitucionales." "El monto indemnizatorio por ILPPD se fija en $10.867.082,68, calculado mediante una fórmula que considera el porcentaje de incapacidad, la base salarial actualizada y los coeficientes correspondientes." "Los intereses se fijan en una tasa del 3% anual desde la fecha del accidente, y la condena se actualiza con el índice RIPTE, además de un interés moratorio del 6% desde la finalización del plazo para el cumplimiento de la sentencia."
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