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OJEDA MARIA PIA C/ BUILDING SA Y OTROS S/ DESPIDO

El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en un proceso por despido, considerando que el acuerdo cumple con los requisitos legales y no afecta derechos de orden público. La homologación implica la aprobación judicial del acuerdo alcanzado entre las partes y la imposición de costas a la demandada.

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La demandante, Maria Pia Ojeda, promovió una demanda por despido contra Building SA y otros, reclamando la homologación de un acuerdo conciliatorio alcanzado en autos. La sentencia destaca que "lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas", y que "no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia". La decisión se fundamenta en que "lo acordado no afecta derechos de orden público ni derechos de terceros" y que "el acuerdo fue realizado con plena voluntad y en condiciones justas". La sentencia también regula las costas, honorarios, y otros aspectos procesales, homologando el acuerdo en todas sus partes y disponiendo las diligencias necesarias para su cumplimiento.

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