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UZIDINGER KARINA SUSANA C/ GIMENEZ GUILLERMO y otro/a S/ DESPIDO

Se homologó un acuerdo de conciliación en un juicio por despido, confirmando el Tribunal la validez del convenio y el monto de $1.000.000, con costas a cargo de la demandada. La decisión se fundamenta en que el acuerdo no vulnera principios de orden público y produce efectos de cosa juzgada.

Costas Honorarios Tasa de justicia Homologacion Despido Conciliacion Acuerdo judicial Ley 24.432 Ley 15057 Efectos de cosa juzgada


- Quien demanda (Actor): Karina Susana Uzidinger Demandado: Guillermo Giménez Objeto: Homologación de acuerdo en causa por despido Decisión: Se homologó el acuerdo de conciliación por $1.000.000, con costas a cargo de la demandada, y se rechazó el pedido de eximición de tasa de justicia por el estado procesal.
- Fundamentos principales: El acuerdo no vulnera principios de orden público, cumple con los requisitos legales (art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y art. 30 de la ley del fuero), y produce efectos de cosa juzgada. La homologación resulta adecuada en atención a que la conciliación fue voluntaria y justa, y que la suma y forma de pago fueron establecidas conforme a las pautas legales. La decisión también considera los honorarios de los profesionales y la liquidación de tasas, ordenando la apertura de cuenta judicial y el cumplimiento de obligaciones fiscales. La resolución destaca que "el acuerdo celebrado entre las partes no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT". Además, señala que "la homologación producirá los efectos de cosa juzgada".

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