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OJEDA AGUSTINA MAGALI C/ BERARDO EMANUEL IVAN S/ DESPIDO

Homologa acuerdo de conciliación en proceso por despido, homologando la transacción y finalizando el juicio; determina el pago de $3.000.000 en cinco cuotas, regula formas de pago y costas.

Costas Regulacion de honorarios Despido Conciliacion Homologacion de acuerdo Pago en cuotas Ley 15.057 Comunicacion fiscal Finalizacion de juicio Arts. 1.641-1.644 ccyc

La sentencia homologó la conciliación alcanzada entre Ojeda Agustina Magali y Emanuel Ivan Berardo, en un proceso por despido. La parte demandada se comprometió a pagar la suma total de 3 millones de pesos en cinco cuotas, comenzando dentro de 10 días de homologado y notificado el acuerdo. La jueza indicó que la conciliación es una manifestación bilateral que no afecta el orden público, y que, tras el cumplimiento del acuerdo, deberá darse por finalizado el juicio. Además, se establecieron procedimientos para la acreditación del pago, regulación de honorarios profesionales, y comunicación a la AFIP (ARCA) para efectos fiscales. La decisión se fundamentó en los arts. 1.641, 1.643, 1.644 del Código Civil y Comercial, art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y la ley 15.057, considerando también doctrina reciente del tribunal en "Aguilera Miguel Ángel c/ Swiss Medical Art S.A." La jueza dispuso además que, una vez cumplido el pago, la parte actora no podrá reclamar nada más a la demandada relacionado con la relación laboral.

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