INC SA C/ MUNICIPALIDAD DE GRAL SAN MARTIN S/ PROCESO SUMARIO DE ILEGITIMIDAD - OTROS JUICIOS
La Cámara de San Martín confirmó la validez del acto administrativo y redujo la multa impuesta a INC S.A. La decisión se fundamenta en que la resolución administrativa está debidamente motivada y la sanción es proporcional y fundada en parámetros legales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, INC S.A., solicita la nulidad de la resolución del 29/11/2022 que le impuso una multa de $1.000.000 por infracciones a los arts. 4 y 8 de la Ley 24.240, relacionadas con diferencias de precios en productos en su local de Villa Ballester. Argumenta que la resolución carece de causa y motivación, y que las infracciones no corresponden a la normativa aplicable. La Municipalidad de San Martín, en defensa, sostiene que la resolución es válida y que la multa resulta proporcional y fundada en la documentación administrativa, que demuestra incumplimientos en la exhibición y publicidad de precios. El tribunal analiza la normativa aplicable, destacando que el proceso sumario de ilegitimidad busca determinar la validez o invalidez del acto impugnado, y que la resolución administrativa está debidamente motivada, con fundamento en que la empresa incumplió las obligaciones de información y publicidad establecidas en la Ley 24.240 y la normativa provincial complementaria. Se considera que la diferencia de precios en los productos y la falta de documentación de descargos justifican la sanción. Respecto a la graduación de la multa, el tribunal concluye que el monto de $1.000.000 se encuentra dentro de los parámetros legales, proporcional a la gravedad de la infracción y las circunstancias del caso. La alegación de desproporcionalidad no fue acreditada por la demandante. La resolución administrativa, por tanto, es legítima y la sanción razonable. Se rechaza la demanda y se confirman la validez del acto administrativo y la multa impuesta. Las costas del proceso son soportadas por la parte actora vencida. Fundamentos principales: "La actividad discrecional de la Administración no es absoluta y debe estar fundada en norma jurídica. La resolución impugnada se encuentra debidamente motivada, y la multa de $1.000.000 resulta proporcional y fundada en los parámetros establecidos en la ley." Además, "la diferencia de precios en los productos exhibidos y cobrados, junto con la falta de descargo, justifican la sanción."
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