FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AMANECER SCA S/ APREMIO PROVINCIAL
Sentencia de trance y remate en ejecución fiscal, ordenando pago y remate de bienes por deuda tributaria. La Cámara confirmó la decisión, rechazando agravios, y ratificó el carácter de vencido de la demandada y la procedencia de la ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires demandó a Amanecer SCA en un proceso de ejecución fiscal por una deuda de $300.316,40, más intereses desde el 15/4/2025, hasta su pago efectivo. La sentencia ordenó el trance y remate de los bienes del ejecutado, imponiendo las costas a la parte vencida, y constituyendo domicilio procesal. La decisión se fundamenta en que la parte demandada no opuso excepciones dentro del término legal, lo que llevó a la pérdida del derecho a ejercer y a dejar de usar dicho derecho. El tribunal sancionó la conducta de la demandada, aplicando las disposiciones del Código Fiscal y del C.P.C.C. Fundamentos principales: “Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406).” “De conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 1, 7, 10, 13 y 25 de la Ley 13.406.” “Se manda llevar adelante la ejecución hasta tanto AMANECER SCA, haga a la actora, íntegro pago del capital reclamado de Pesos TRESCIENTOS MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON 40/100 ($300.316,40), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el art. 104 del Código Fiscal (Ley 10.397, t.o. Res. 39/11), desde la interposición de la demanda (15/4/2025) y hasta su efectivo pago.” “Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C; y 25 de la Ley 13.406), difiriendo la regulación de honorarios.”
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