ACOSTA DOLI TEODORAC/ HOSPITAL LUISA C. GANDULFO DE LS. ZAMORA Y OTRO/A S/PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS
La demanda por responsabilidad y daños contra el hospital fue rechazada por no acreditar la atención defectuosa ni la mecánica del hecho. La sentencia confirmó la inexistencia de responsabilidad del Estado y la defectuosidad del servicio médico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Doli Teodora Acosta, demandó al Hospital Luisa C. Gandulfo por daños derivados de una atención médica supuestamente deficiente tras un traumatismo en su mano derecha ocurrido en junio de 2006. La pretensión fue que el hospital respondiera por daños y perjuicios, por una suma de $76.000, alegando negligencia, impericia y deficiencia en la atención, que le generaron una incapacidad parcial y permanente del 15%, y daños colaterales y morales. La demandada, por su parte, negó haber brindado atención a la actora en ese hospital, aportando documentación que no prueba la atención ni la defectuosidad alegada. El tribunal analizó las pruebas y concluyó que no se acreditó fehacientemente que la actora hubiera sido atendida ni que la atención fuera defectuosa o irregular, sin fundamento suficiente para responsabilizar al hospital. La prueba pericial y testimonial no aportaron certezas sobre la atención recibida ni demostraron negligencia. La sentencia desestimó la demanda y condenó en costas a la actora, considerando que no se probó el daño ni la conducta antijurídica del demandado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: