FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MUZI MIRIAM ELISABET S/ APREMIO PROVINCIAL
Sentencia que ordena el trance y remate en un proceso de apremio fiscal contra Miriam Elisabet Muzi por deuda de $2.246.397,70, confirmando la ejecución y estableciendo el pago en sede judicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El juzgado dictó sentencia en un proceso de apremio fiscal iniciado por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires contra Miriam Elisabet Muzi, quien fue intimada en su domicilio fiscal y no opuso excepciones dentro del plazo legal. La resolución ordena la ejecución y el remate del bien del ejecutado hasta que pague la suma reclamada, más intereses desde la interposición de la demanda. La sentencia fundamenta que la parte ejecutada dejó de ejercer su derecho al no contestar y que la ley habilita la continuación del proceso en estos términos. Además, se fija que las costas serán a cargo del vencido y se difiere la regulación de honorarios. La notificación se realiza conforme a las disposiciones legales aplicables. Fundamentos principales: "El demandado MIRIAM ELISABET MUZI, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal [...] no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "Por ello, conforme lo pedido y dispuesto por la Ley 13.406, RESUELVO: 1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC). 2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado MUZI MIRIAM ELISABET haga íntegro pago [...] del capital reclamado de Pesos 2.246.397,70. A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago." "Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: