GALINARI MARIANA SOFIA S/ RECTIFICACION TITULO PROPIEDAD
La sentencia ordena rectificar el asiento registral del vehículo respecto al estado civil del causante, modificando la inscripción de soltero a casado, fundamentando la decisión en la prueba documental y en la declaración de herederos, confirmando la existencia de error registral y la validez de la prueba aportada.
- La demandante, Mariana Sofia Galinari, en calidad de heredera, solicita la modificación del asiento registral del vehículo por error en el estado civil del causante, Osvaldo Ruben Galinari.
- La parte demandada, Osvaldo Ruben Galinari, figura en el registro como soltero, pero la prueba documental, incluyendo la partida de matrimonio de 1975 y la declaración de herederos, demuestra que estaba casado con Estela Beatriz Russo al momento de la adquisición del vehículo.
- El tribunal verifica que la prueba aportada, en particular la partida de matrimonio, constituye un instrumento público que hace plena fe y cumple con los requisitos legales.
- La sentencia señala: "El documento supra mencionado, se constituye como instrumento público que hace plena fe de sus atestaciones de conformidad con lo dispuesto por los artículos 289 y 296 del Código Civil y Comercial, establece con claridad que los nombrados, contrajeron matrimonio con fecha 13 de Marzo de 1975."
- Además, se declara que se cumplen los requisitos para corregir el error registral y se ordena la modificación en los registros del automotor, considerando la prueba y la declaración de herederos.
- En cuanto a honorarios, se regulan en siete (7) jus arancelarios, con adicional del 5% y IVA si correspondiere.
- Se ordena además la expedición de la documentación pertinente.
- La resolución se basa en la acreditación de la prueba documental y en la normativa vigente, considerando que la carga de probar el error recae en quien afirma su existencia.
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