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MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ ABRAHAM ADRIAN EDUARDO S/ APREMIO

El juez ordenó el cumplimiento de la ejecución por apremio para cubrir la deuda de $11.206 más intereses, confirmando la pérdida del derecho del ejecutado por no haber opuesto excepciones en el plazo legal, y dispuso el remate de bienes. La decisión se fundamenta en la falta de oposición del ejecutado y en la normativa aplicable.

Intereses Prescripcion Incumplimiento Remate Apremio Ejecutivo Deuda municipal Arts. 116 y 155 cpcc Ley 8480 Cobro coercitivo

El expediente involucra a la Municipalidad de Lanús como acreedora y a Abraham Adrian Eduardo como ejecutado. La municipalidad promovió un proceso de apremio para cobrar una deuda de $11.206, más intereses. La sentencia resolvió que, dado que el ejecutado no opuso excepciones legítimas en el plazo correspondiente, se le da por perdido el derecho y se ordena el remate y cobro de la deuda. El tribunal fundamentó su decisión en el art.116 y 155 del CPCC, y en la normativa que regula el proceso ejecutivo, señalando que “no habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar”. Además, se dispuso que la ejecución prosiga hasta el pago íntegro, incluyendo intereses a la tasa del Banco de la Provincia de Buenos Aires, vigente desde la mora operada el 31 de julio de 2018. Se impusieron costas a la parte vencida y se dejó pendiente la regulación de honorarios. Además, se dejó constancia del domicilio constituido y del cumplimiento de la intimación de pago en el inmueble señalado. Por último, se recordó la obligación de cumplir con el ordenamiento relativo al Bono Ley 8480.

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