DIEZ PATRICIO GASTON C/ EREÑU JUAN CARLOS S/ EJECUCION HONORARIOS(144)
El juez civil declaró su incompetencia para intervenir en la ejecución de honorarios promovida por Patricio Gastón Diez contra Juan Carlos Ereñu y remitió la causa a la jurisdicción correspondiente. La decisión se fundamenta en la análisis de competencia y en la tramitación previa del expediente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Patricio Gastón Diez, promovió una demanda de ejecución de honorarios contra Juan Carlos Ereñu. La causa fue tramitada inicialmente ante el Juzgado de Familia N° 2 del Departamento Judicial Zárate. El juez, Leandro M. Cappello, declaró su incompetencia para intervenir en la causa y ordenó su remisión a la jurisdicción correspondiente, registrándose como ZC 12530-2025. La decisión se fundamenta en la competencia del tribunal y en la tramitación previa del expediente, señalando que “habiendo tramitado los autos principales ante el Juzgado de Familia N° 2 de este Departamento Judicial, me declaro incompetente para intervenir”. La resolución fue firme y ordenó la radicación en la nueva jurisdicción.
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