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MUÑOZ JORGE GABRIEL C/ TIZZANO MARIA EMILIA S/ CONSIGNACION

La declaración de caducidad de instancia por inactividad procesal en el expediente de consignación por caducidad de la instancia.

Costas Notificacion Caducidad de instancia Impulso procesal Plazo legal Inactividad procesal Apertura a prueba Moron. Arts. 310 y 311 del c.p.c.c. Cierre del proceso

El proceso fue declarado caducado por inactividad del actor, quien no respondió a la intimación de continuar con la acción, a pesar de haber sido notificado y de haber realizado un acto procesal posterior. La sentencia fundamenta que la inacción prolongada, sin actividad procesal por más de tres meses, implica la caducidad de la instancia, en conformidad con los arts. 310 y 311 del C.P.C.C. Se destaca que "el impulso procesal es el fenómeno en virtud del cual se asegura la continuidad de los actos procesales y su dirección hacia el fallo definitivo" y que "el impulso del proceso no puede quedar supeditado a la voluntad de las partes cuando han asumido la carga de hacer avanzar el trámite". La Cámara concluye que, habiendo transcurrido el plazo legal sin actividad útil del actor, corresponde decretar la caducidad y ordenar el cierre del proceso, imponiendo costas a la parte vencida. La resolución también remarca que "la carga de impulsar el procedimiento nace para la parte actora desde el momento de la interposición de la demanda" y que "el proceso debe avanzar sin dilaciones injustificadas".

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