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DIAZ RAMIRO NICANOR S/ SUCESION AB-INTESTATO

La sentencia dictamina la declaración de herederos de Ramiro Nicanor Diaz, tras su fallecimiento el 26/3/2016, reconociendo a su hijo Facundo y a su cónyuge Noelia Acosta como herederos universales, en conformidad con la ley y la documentación presentada, incluyendo la publicación de edictos y la documentación probatoria.

Sucesion ab intestato Bienes propios y gananciales Declaracion de herederos Documentacion probatoria Edictos Herederos universales Arts. 2337 2424 2426 2433 ccyc Arts. 735 y 737 cpcc Inscripcion de bienes Fallecimiento 2016

El juez declaró en autos la sucesión ab intestato de Ramiro Nicanor Diaz, fallecido en La Plata el 26 de marzo de 2016, estado civil casado con Noelia Nancy Acosta, y padre de Facundo Ramiro Diaz. La documentación acompañada, como el acta de defunción y los registros de publicación de edictos, acreditó fehacientemente los hechos. La resolución se fundamenta en los arts. 2337, 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial, y en los arts. 735 y 737 del CPCC, disponiendo que los herederos universales son su hijo y su cónyuge, en cuanto a bienes propios, sin perjuicio de los derechos sobre bienes gananciales. La jueza también indicó los requisitos para la inscripción de los bienes a nombre de los herederos, detallando la documentación necesaria, y finalizó con la orden de registrar y comunicar la declaración.

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