.................... S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires admite el recurso de casación, rechaza la impugnación por improcedente y confirma la condena de Díaz por tenencia y comercialización de estupefacientes y tenencia ilegal de arma de fuego. La sentencia se fundamenta en la valoración de prueba suficiente y legalmente adecuada.
El recurso fue interpuesto por el defensor particular de Carlos Eduardo Díaz contra la sentencia del 17/2/2025 del Tribunal en lo Criminal nº 5 de San Martín, que lo condenó a 6 años de prisión por tenencia con fines de comercialización de estupefacientes en concurso con tenencia ilegal de arma de fuego. El recurrente argumentó que la valoración de la prueba por parte del tribunal de instancia era insuficiente y que la evidencia no demostraba la materialidad del delito ni la intención de comercialización, alegando irregularidades en la investigación y la inexistencia de elementos probatorios concluyentes. La Cámara analiza la admisibilidad del recurso, su procedencia y la fundamentación de la sentencia, concluyendo que la misma está correctamente fundada, con valoración lógica y suficiente de la prueba, y que no se configuran las violaciones legales denunciadas. Los jueces destacan que la prueba testimonial, pericial y documental, en conjunto, acreditan la materialidad y la participación del imputado en el delito, y que la cantidad de droga, el dinero en efectivo, el arma y la prueba balística sustentan la tipificación de los hechos. Además, rechazan la hipótesis de tenencia para consumo personal, dado que la cantidad de estupefaciente y demás indicios evidencian una actividad ilícita dirigida al tráfico. Finalmente, confirman la condena y disponen la regularización de honorarios del defensor.
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