.................... S/ HABEAS CORPUS
La Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires ordenó remitir la petición de Diego Martín Pereira sobre la demora en la implementación de beneficios penitenciarios al Juzgado de Ejecución Penal correspondiente. La decisión busca garantizar el derecho de defensa y la vía recursiva previa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Diego Martín Pereira, interpuso un hábeas corpus alegando que, tras ser beneficiado con el régimen de salidas transitorias el 26 de marzo de 2025, dicha medida no fue efectivizada. La Fiscalía considera que corresponde remitir la causa al Juzgado de Ejecución Penal para que resuelva la situación con la intervención del defensor del imputado, garantizando su derecho de defensa y cumplimiento del trámite legal. La Sala IV del Tribunal de Casación, citando precedentes de la Suprema Corte, afirmó que los reclamos de personas privadas de libertad deben ser considerados como manifestaciones de voluntad de interponer recursos de ley, y por ello, corresponde remitir la presentación al Juzgado de origen. Ambos jueces coincidieron en que la acción debe ser canalizada para su resolución en la instancia competente, priorizando la protección de derechos y el debido proceso.
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