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SOCIEDAD ARGENTINA DE AUTORES Y COMPOSITORES DE MUSICA C/ ALTO ARACOELIS S.A. S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

La Cámara confirma la sentencia que condena a Alto Aracoelis S.A. al pago de la suma de $55.260 por uso no autorizado del repertorio musical administrado por SADAIC en locales comerciales, fundamentando en la prueba documental y testimonial que acredita la utilización del repertorio y la transferencia del fondo de comercio.

Recurso de apelacion Cobro de sumas de dinero Fondo de comercio Prueba documental Acta notarial Derecho de autor Uso no autorizado Responsabilidad del adquirente Difusion musical Ley 11.723

¿Qué se resolvió en el fallo?

La accionante, Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (S.A.D.A.I.C.), demanda a Alto Aracoelis S.A. por el cobro de $61.290 por la utilización no autorizada de obras musicales en sus locales "POSITIVO" en calle San Martín 2399 y Rivadavia 2420, en el período desde diciembre de 2015 a febrero de 2020. La sentencia de primera instancia, basada en pruebas documentales, acta notarial y testigos, acreditó que la demandada utilizaba el repertorio administrado por SADAIC en sus locales, sin abonar los aranceles correspondientes, y que la transferencia del fondo de comercio en diciembre de 2015 no eximía de responsabilidad por deudas anteriores, responsabilizando a la parte demandada. Se determinó que la deuda a partir de la transferencia asciende a $27.630 por cada local, totalizando $55.260, más intereses. La defensa alegó que no utilizaba el repertorio, pero no logró desvirtuar la prueba, y la Cámara consideró acreditada la utilización del repertorio. Se confirmó la sentencia que condena a la demandada al pago del monto reclamado, con costas a su cargo.

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